Novedades CESCO

¿Es posible resolver la compraventa de un vestido de novia con motivo del COVID-19?

Sheila Martínez Gómez
Mayo 2020

Resumen: La consulta planteada por la Asociación de Consumidores de Navarra «IRACHE» tiene por objeto determinar si es posible resolver la compra de un vestido de novia como consecuencia de la cancelación del enlace matrimonial, así como determinar el tipo de arras entregadas y el carácter abusivo o no de la cláusula que anula el derecho de desistimiento de la compradora.

Cláusulas limitativas de derecho del asegurado en un contrato de seguro de hogar

Lorena Parra Membrilla
Mayo 2020

Resumen: La OMIC del Ayuntamiento de Cadreita (Navarra) plantea a CESCO, si la cláusula que obliga al asegurado a solicitar los servicios de la aseguradora en caso de siniestro sería considerada como limitativa, y si para ser válida y aplicable, el asegurado debería de firmar tanto las condiciones particulares como generales del contrato de seguro.

Un modelo contractual para COVID-19: las moratorias como bonos a la vista

Ángel Carrasco Perera
Mayo 2020

Resumen: Las moratorias COVID-19 podrían configurarse de manera que incrementaran la renta del consumidor, sin afectar sustancialmente a los intereses de la contraparte. La inspiración para este trabajo es deudora del artículo de GOMEZ POMAR y GANUZA, “Los instrumentos para intervenir en los contratos en tiempos de COVID-19: guía de uso”, que el primero me envió antes de su publicación en Indret.

 

Conclusiones del Abogado General de 30 de abril de 2020 en el Asunto C287/19 sobre la interpretación de la Directiva 2015/2366 (PSD2) en relación con las modificaciones contractuales de los servicios de pago incluidos en las tarjetas bancarias multifuncionales personalizadas (tarjetas contactless)

Mª Carmen González Carrasco
Mayo 2020

Resumen: Opinión del Abogado General TJUE: La funcionalidad contactless (NFC) incorporada a una tarjeta de pago es un servicio de pago distinto del inicialmente contratado. No basta el consentimiento tácito del usuario para excepcionar el régimen de responsabilidad del prestador del servicio por pagos no autorizados previsto en la Directiva 2015/2366.

Los contratos de crédito al consumo deben especificar de forma clara y concisa el modo de computar el plazo de desistimiento

Mª del Sagrario Bermúdez Ballesteros
Mayo 2020

Resumen: El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado recientemente la sentencia de 26 de marzo de 2020, sobre la interpretación que del art. 10. 2. letra p) de la Directiva 2008/48/CE, de 23 de abril de 2008, relativa a los contratos de crédito al consumo (DCCC), señalando al respecto que no basta con que, en relación con la información obligatoria cuya comunicación al consumidor determina el momento de inicio del plazo de desistimiento, el contrato remita a una disposición legal nacional que, a su vez, remite a otras disposiciones nacionales.

Manuel Jesús Marín López, Catedrático de Derecho Civil de la UCLM e investigador del CESCO participa como ponente en la Conferencia On-line: “Aspectos sustantivos y procesales del derecho de resolución de los contratos con consumidores y usuarios regulado en el artículo 36 del RDL 11/2020”

La conferencia es el jueves, 7 de mayo, a las 11 horas. La organiza el Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona. La inscripción es gratuita.

Más información e inscripciones, en la web.

La protección de los usuarios en los servicios funerarios no efectivamente prestados y en los casos de elevación del precio tras la declaración del estado de alarma motivada por el COVID-19

Pilar Domínguez Martínez
Abril 2020

Resumen: Ante la situación de crisis motivada por el COVID-19 y la declaración del Estado de Alarma por el Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo, no han podido ser prestados servicios funerarios contratados y satisfechos directamente con la empresa funeraria, así como ciertas coberturas y servicios concertados en los seguros de decesos con primas rigurosamente pagadas. También nos encontramos con servicios a los que la empresa funeraria ha asignado y cobrado un precio superior al vigente antes de la declaración del Estado de alarma. Para la protección de los usuarios en estos casos debe ser tenida en cuenta la Orden del Ministerio de Sanidad SND/298/2020, de 29 de marzo de 2020, así como el artículo 106 LCS en el caso del seguro de decesos.

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