Iuliana Raluca Stroie
Julio 2018
Resumen: El TJUE, declaró en la Sentencia de 10 de julio 2018 que la comunidad religiosa de los Testigos de Jehová y sus predicadores son responsables del tratamiento de datos, al recoger datos personales en su actividad de predicación puerta a puerta y deberán cumplir por lo tanto, con la normativa relativa al tratamiento de datos personales.


