Validez de la cláusula penal inserta en un contrato de compraventa de vivienda que fija el importe de daños y perjuicios que la compradora ha de abonar en caso de incumplimiento. El hecho de no contemplarse iguales términos a favor de la compradora para el caso de que el incumplimiento sea de la obligación principal de entrega de la parte vendedora, no supone limitación alguna de sus derechos, pues puede reclamar la correspondiente indemnización de daños y perjuicios conforme a la legislación vigente sin limitaciónDña. Iuliana Raluca StroieDiciembre 2012