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Archivo penal, notificación tardía y prescripción de la acción civil

Pilar Domínguez Martínez
Mayo 2026

Resumen: La STS 200/2026 aborda si la acción civil de resarcimiento derivada de un accidente de circulación puede considerarse viva cuando, tras incoarse y archivarse unas diligencias penales por falta de denuncia, el perjudicado solicita la notificación del auto varios años después y demanda dentro del año siguiente a esa notificación. La Sala recuerda su doctrina sobre el art. 114 LECrim y la eficacia impeditiva de la pendencia penal respecto del ejercicio separado de la acción civil, pero niega que esa regla pueda operar de forma automática en un supuesto como el enjuiciado. Lo decisivo es que no hubo una verdadera promoción de la vía penal, nunca se formuló denuncia, no se practicó investigación alguna y, además, el demandante optó desde el principio por la vía civil, como revelan sus reclamaciones extrajudiciales a la aseguradora. En esas circunstancias, admitir que la acción seguía viva por la sola notificación tardía del archivo supondría permitir un ejercicio indefinido de la pretensión civil contrario a la seguridad jurídica.

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