Sheila Martínez Gómez
Noviembre 2025
Resumen: La STJUE de 1.8.2025 ha declarado que cuando la operación de pago no autorizada sea consecuencia del extravío, robo, sustracción o utilización no autorizada del instrumento de pago, el ordenante puede verse privado del derecho a la devolución de las pérdidas ocasionadas si la tardanza en la notificación fue intencionada o consecuencia de una negligencia grave por su parte.


