Sheila Martínez Gómez
Enero 2025
Resumen: El Tribunal de Luxemburgo deja en manos del juez nacional el acceso a la exoneración del concursado previa valoración de si el interés público que justifica la excepción a la EPI por una sanción administrativa es, en el caso concreto del que conozca, proporcional al objetivo que se pretende con dicha medida.


