Manuel Jesús Marín López
Enero 2024
Resumen: Al hilo de la STS 1594/2023, de 17 de noviembre de 2023, en este trabajo se analiza si puede considerarse consumidor, en el sentido del art. 3 TRLGDCU, el prestatario que celebra un préstamo con garantía hipotecaria con la finalidad de financiar, no una actividad empresarial propia, sino una actividad empresarial de un tercero (en este caso, su hija).


