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El Supremo zanja la problemática sobre la legitimación activa para reclamar judicialmente el cobro de lo adeudado de un préstamo hipotecario titulizado

Sheila Martínez Gómez
Enero 2022

Resumen: En los supuestos de titulización de créditos o préstamos hipotecarios mediante la emisión de participaciones, la legitimación activa ordinaria para el ejercicio de las acciones declarativas y ejecutivas corresponde a la entidad de crédito, sin perjuicio de la legitimación conjunta o «por subrogación» que la Ley otorga al partícipe.

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