Alba García Hernández
Junio 2021
Resumen: Los datos relativos a la salud de las personas se caracterizan por su singularidad y por estar protegidos por el ordenamiento de manera reforzada. No obstante, múltiples son los conflictos que surgen a este respecto y más cuando entra en juego la historia clínica de un paciente. Así pues, el Tribunal Supremo y la Agencia Española de Protección de Datos se han manifestado sobre el acceso indebido a la historia clínica a raíz de la consulta de dos profesionales sanitarios de los datos de salud de un compañero, que se encontraba en situación de baja laboral.


