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Una agencia de intermediación inmobiliaria reclama honorarios al consumidor que ha desistido del contrato cuando el servicio se ha prestado completamente pero no se le informó sobre su derecho

Mª del Sagrario Bermúdez Ballesteros
Abril 2021

Resumen: El Tribunal Supremo declara que en el marco de un contrato de corretaje para la venta de un inmueble celebrado en el domicilio del consumidor, cuando la prestación del servicio se ha ejecutado completamente durante el plazo de desistimiento (14 días naturales desde la celebración), el consumidor conserva su derecho a desistir y no asume ningún coste (i) si no existe la preceptiva información previa por parte del empresario [art. 97.1.i) y l) TRLGCU] y (ii) si el consumidor no presta su consentimiento expreso para el inicio de la prestación al tiempo que reconoce que es pleno conocedor de que con la ejecución perderá el derecho a desistir.

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