Sheila Martínez Gómez
Julio 2020
Resumen: En respuesta a una de las cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal Superior de Cluj (Rumanía), el TJUE declara, en la sentencia de 9 de julio de 2020 (C-81/19), que una cláusula contractual que no ha sido objeto de negociación individual pero que refleja una norma que, con arreglo al Derecho nacional, se aplica entre las partes cuando estas no hayan pactado otra cosa, no está comprendida en el ámbito de aplicación de la Directiva 93/13/CEE.


