Mª Carmen González Carrasco
Mayo 2020
Resumen: Opinión del Abogado General TJUE: La funcionalidad contactless (NFC) incorporada a una tarjeta de pago es un servicio de pago distinto del inicialmente contratado. No basta el consentimiento tácito del usuario para excepcionar el régimen de responsabilidad del prestador del servicio por pagos no autorizados previsto en la Directiva 2015/2366.


