Alicia Agüero Ortiz
Octubre 2019
Resumen: La STJUE de 3 de octubre de 2019 declara, por un lado, la disponibilidad de los consumidores de la protección conferida por la Dir. 93/13/CEE, quienes pueden aceptar la aplicación de una cláusula abusiva así como la nulidad del contrato considerada perjudicial por el juez competente. Asimismo, reitera que la eliminación de una cláusula que comporte la modificación de su objeto principal (riesgo de cambio), comporta la nulidad del contrato y que su integración solo resulta posible por normas supletorias o aplicables por pacto de las partes.


