Ana I. Mendoza Losana
Julio 2019
Resumen: El documento cuestiona la interpretación dada por el TJUE al artículo 6.1.c de la Directiva 2011/83 (sentencia de 10-7-2019, C 649/17, Amazon): las empresas de comercio electrónico no están obligadas a faciltar un número de telefóno de contacto en la información precontractual pero sí deben habilitar medios que garanticen la comunicación rápida y eficaz.


