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No es completamente cierto que las empresas de comercio electrónico no estén obligadas a facilitar un número telefónico de atención a clientes. Conectados más y más, pero no intercomunicados

Ana I. Mendoza Losana
Julio 2019

Resumen: El documento cuestiona la interpretación dada por el TJUE al artículo 6.1.c de la Directiva 2011/83 (sentencia de 10-7-2019, C 649/17, Amazon): las empresas de comercio electrónico no están obligadas a faciltar un número de telefóno de contacto en la información precontractual pero sí deben habilitar medios que garanticen la comunicación rápida y eficaz.

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