Karolina Lyczkowska
Marzo 2018
Resumen: La sentencia del TJUE de 7 marzo 2018 analiza la competencia internacional en materia de la reclamación de compensaciones derivadas del Reglamento 261/2004. Según el TJUE, en caso de demandas relacionadas con incidencias ocurridas en durante el transporte aéreo, el lugar de prestación de servicios (que determina la competencia judicial) es tanto el aeropuerto del inicio del viaje como el del destino final. Esta conclusión se aplica tanto a los vuelos directos como a los vuelos con escala.


